| Ord. | Municipio | Dirección WEB | Observaciones |
| 1 | 24 de Mayo | | No posee información |
| 2 | Bolívar | | Información incompleta |
| 3 | Chone | | Información incompleta |
| 4 | El Carmen | | No posee información |
| 5 | Flavio Alfaro | | Información incompleta |
| 6 | Jama | | No posee información |
| 7 | Jaramijó | | No posee información |
| 8 | Jipijapa | | Información incompleta |
| 9 | Junín | | No posee información |
| 10 | Manta | | Información incompleta |
| 11 | Montecristi | | No posee información |
| 12 | Olmedo | | Información incompleta |
| 13 | Paján | | Información incompleta |
| 14 | Pedernales | | No dispone de información |
| 15 | Pichincha | | No dispone de información |
| 16 | Portoviejo | | Información incompleta |
| 17 | Puerto López | | Información incompleta |
| 18 | Rocafuerte | | No dispone de información |
| 19 | San Vicente | | No posee información |
| 20 | Santa Ana | | Información incompleta |
| 21 | Sucre | | No dispone de información |
| 22 | Tosagua | | Información incompleta |
Consejo Provincial de Manabí
En este mismo sentido, la página WEB oficial del Consejo Provincial de Manabí
http://www.manabi.gob.ec en el enlace
/ley-de-transparencia la información pública es incompleta y no actualizada correspondiente al año 2010, sobre todo en el tema de presupuestos, informes de gestión, auditorias y contratos.
Son parte del Consejo Provincial de Manabí que tiene sus propias páginas WEB: la Agencia de Desarrollo Productivo de Manabí,
ADPM; la Agencia de Promoción de Inversión de Manabí,
APRIM. En ninguna de ellas existe información relativa a lo dispuesto en
el Literal 1 del Artículo 13 de la Ley de Participación Ciudadana y Control Social, en cumpliento al Literal 3 del mismo artículo.
De acuerdo con el Convenio de Cooperación Interinstitucional suscrito entre la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo -Senplades- , Consorcio de Consejos Provinciales del Ecuador –Concope- Instituto Nacional de Estadística y Censos – INEC –, Consejo Provincial de Manabí y la Agencia de Desarrollo de la Provincia de Manabí, debería existir información pública respecto al desarrollo e implementación de un sistema de información en la provincia de Manabí orientada a la modernización de la gestión por resultados; también sobre el desarrollo e implementación de una metodología para el levantamiento anual de información socio-económica con desagregación a nivel parroquial mediante encuestas. en la WEB del Sistema Provincial de Información - Manabí: http://manabi.sni.gob.ec no existe vínculo a Ley de Transparencia
Juntas Parroquiales
Constitucionalmente las juntas parroquiales son una de las categorías de los Gobiernos Autónomos Descentralizados (Art. 238) y por tanto también están en la obligación de cumplir las disposiciones legales respecto al acceso a la información; en ningún caso la ley hace excepciones. La provincia de Manabí cuenta con 53 parroquias rurales, reunidas en La Asociación de Juntas Parroquiales y Rurales de Manabí, Asojupar.
Hasta el 8 de enero de 2010, no fue posible localizar ninguna web oficial de las juntas parroquiales de Manabí, ni la de la Asojupar.
Información que debería estar disponible
Para el caso de los GAD’s según el Art. 7 de la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública, específicamente las instituciones del sector público o que reciban recursos del Estado deben informar sobre:
a) Estructura orgánica funcional, base legal que la rige, regulaciones y procedimientos internos aplicables a la entidad; las metas y objetivos de las unidades administrativas de conformidad con sus programas operativos;
b) El directorio completo de la institución, así como su distributivo de personal;
c) La remuneración mensual por puesto y todo ingreso adicional, incluso el sistema de compensación, según lo establezcan las disposiciones correspondientes;
d) Los servicios que ofrece y las formas de acceder a ellos, horarios de atención y demás indicaciones necesarias, para que la ciudadanía pueda ejercer sus derechos y cumplir sus obligaciones;
e) Texto íntegro de todos los contratos colectivos vigentes en la institución, así como sus anexos y reformas;
f) Se publicarán los formularios o formatos de solicitudes que se requieran para los trámites inherentes a su campo de acción;
g) Información total sobre el presupuesto anual que administra la institución, especificando ingresos, gastos, financiamiento y resultados operativos de conformidad con los clasificadores presupuestales, así como liquidación del presupuesto, especificando destinatarios de la entrega de recursos públicos;
h) Los resultados de las auditorías internas y gubernamentales al ejercicio presupuestal;
i) Información completa y detallada sobre los procesos precontractuales, contractuales, de adjudicación y liquidación, de las contrataciones de obras, adquisición de bienes, prestación de servicios, arrendamientos mercantiles, etc., celebrados por la institución con personas naturales o jurídicas, incluidos concesiones, permisos o autorizaciones;
j) Un listado de las empresas y personas que han incumplido contratos con dicha institución;
k) Planes y programas de la institución en ejecución;
l) El detalle de los contratos de crédito externos o internos; se señalará la fuente de los fondos con los que se pagarán esos créditos. Cuando se trate de préstamos o contratos de financiamiento, se hará constar, como lo prevé la Ley Orgánica de Administración Financiera y Control, Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado y la Ley Orgánica de Responsabilidad y Transparencia Fiscal, las operaciones y contratos de crédito, los montos, plazo, costos financieros o tipos de interés;
m) Mecanismos de rendición de cuentas a la ciudadanía, tales como metas e informes de gestión e indicadores de desempeño;
n) Los viáticos, informes de trabajo y justificativos de movilización nacional o internacional de las autoridades, dignatarios y funcionarios públicos;
o) El nombre, dirección de la oficina, apartado postal y dirección electrónica del responsable de atender la información pública de que trata esta Ley;
(…)
s) Los organismos seccionales, informarán oportunamente a la ciudadanía de las resoluciones que adoptaren, mediante la publicación de las actas de las respectivas sesiones de estos cuerpos colegiados, así como sus planes de desarrollo local; y,
(…)