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13 de octubre de 2025

Sombras sobre el derecho a informar

En muchas de las calles de Ecuador, donde el eco de las demandas indígenas resuena desde hace casi un mes, muchas voces no alienadas al Gobierno se ha convertido en un blanco invisible pero constante; en medio del caos, periodistas, reporteros ciudadanos y medios de comunicación han enfrentado una oleada de agresiones que cuestiona el compromiso estatal con la libertad de expresión.

 Jorge Cano, de Wambra Ec, mientras era requisado
por un militar a pesar de haberse identificado

Hace apenas tres meses, en julio de 2025, la Policía Nacional firmó un "Documento de Acuerdos" con gremios periodísticos para garantizar la seguridad de la prensa en protestas sociales, un pacto que hoy parece evaporarse en el fragor de las manifestaciones. 

Las protestas convocadas por la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie) contra la eliminación del subsidio al diésel, el aumento del IVA y proyectos mineros como Loma Larga han paralizado carreteras, generado enfrentamientos y un saldo de al menos un fallecido, más de 100 detenidos y pérdidas económicas superiores a los 42 millones de dólares.

El paro nacional, iniciado el 15 de septiembre y extendido indefinidamente, ha sido un polvorín para la información. Según la Fundación Andina de Observación y Estudios de Medios (Fundamedios), hasta el 12 de octubre se han registrado 36 agresiones contra periodistas y medios, incluyendo 21 casos de violencia física y restricciones a la libertad de expresión. 

Estas cifras no distinguen entre agresores: tanto la Policía Nacional como manifestantes han sido señalados. En Quito, el 5 de octubre, una marcha pacífica contra las medidas económicas del Gobierno de Daniel Noboa terminó en represión policial. Comunicadores de Ecuador Chequea denunciaron que agentes lanzaron al suelo teléfonos y empujaron a reporteros mientras grababan los incidentes, en un claro intento de censurar la evidencia visual. 

Videos difundidos en redes sociales capturaron el momento: gases lacrimógenos envolviendo a equipos periodísticos, obligándolos a huir mientras intentaban documentar detenciones arbitrarias.

En las provincias del norte, como Imbabura –epicentro de las movilizaciones–, la violencia ha escalado. El 1 de octubre, en Cotacachi, manifestantes y fuerzas de seguridad chocaron tras un ataque a un convoy humanitario presidencial, dejando 17 militares secuestrados temporalmente y un indígena fallecido por disparos en la espalda. En ese contexto, periodistas independientes reportaron insultos, piedras y palos lanzados por grupos de manifestantes, mientras la Policía desplegaba gases y balas de goma sin distinción, afectando a reporteros que cubrían los hechos. 

La Alianza de Organizaciones por los Derechos Humanos, que monitorea abusos desde 2019, documentó detenciones arbitrarias de comunicadores y la destrucción de equipos fotográficos, sumando al menos 24 casos en una semana.

Los reporteros ciudadanos no han escapado al fuego cruzado. En Guayaquil, el 7 de octubre, Camila Martínez, comunicadora del departamento de medios de la CONAIE, fue arrestada mientras transmitía en vivo los bloqueos viales. Condenada a cinco días de prisión por "infringir contra la autoridad", su caso ilustra cómo incluso los narradores internos de las protestas son silenciados.

Reporteros Sin Fronteras (RSF) ha calificado estas acciones como un "deterioro alarmante" de la protección a la prensa, exigiendo al Gobierno investigar excesos policiales y garantizar accesos seguros.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y su Relatoría Especial para la Libertad de Expresión expresaron preocupación similar, recordando que Ecuador acumula más de 30 denuncias de agresiones a reporteros gráficos en apenas dos semanas, con presiones para borrar evidencias de represión.

La Conaie, por su parte, ha intentado mitigar el caos interno emitiendo "salvoconductos" para periodistas que cubran sus movilizaciones, alegando la presencia de "infiltrados" –incluidos supuestos militares disfrazados de reporteros– que provocan disturbios.

Sin embargo, estos pases no han evitado incidentes: el 3 de octubre, en Pastaza, una marcha multitudinaria por la vida y el territorio vio cómo equipos de Teleamazonas eran agredidos con objetos contundentes por manifestantes exaltados.

La reportera de radio Olímpica, Leyda Ángulo y Geovanny Astudillo, corresponsal de TV Cisne fueron detenidos a las 20:00 del 4 de octubre en la avenida Quito, al centro de la amazónica ciudad de Nueva Loja. Los periodistas estuvieron más de 12 horas detenidos junto a otros ciudadanos y estuvieron retenidos en el Centro de Rehabilitación Social de Sucumbíos; fueron liberados la tarde del 6 de octubre sin acusación particular.

La vicepresidenta de la CONAIE, Ercilia Castañeda, insistió en que "ningún acto violento está relacionado con el movimiento indígena", pero las denuncias persisten.

El 8 de octubre la periodista María Sol Borja cuestiona el proceder de funcionarios a propósito del ataque a los vehículos oficiales: “…ayer los voceros oficiales hablaron de balas en el vehículo presidencial y de intento de magnicidio. Hoy, ese relato ha quedado desmontado (al menos de forma preliminar) por el trabajo de varios periodistas y medios. Eso nos recuerda por qué no hay que dar por cierta la versión oficial. En periodismo, el gobierno es una fuente, como muchas otras. Y, al igual que las demás, es parte interesada. Sumarse al relato sin dudar no es hacer periodismo.”

Santiago Gil, periodista y operador de dron de Ecuavisa, denunció haber sido agredido por la fuerza pública, mientras cubría la movilización del domingo, 12 de octubre, en el centro norte de Quito; además de él también reportaron agresiones Jorge Cano (Wambra), retenido y requisado por un militar armado, pese a portar chaleco y credencial de prensa. Gabriela Mena (Telesur), agentes policiales destruyeron su teléfono celular mientras grababa la represión. 

A ellos se suma: el periodista gráfico David Díaz de @LaPeriodicanet, Marcelo Negrete (Red Kapari), retenido por efectivos de la fuerza pública. Pamela Ledesma (BN Periodismo), agredida por policías mientras intentaba registrar la detención de dos manifestantes.

El caso más reciente, ocurrido la mañana del 13 de octubre en Quito, ilustra la tensión que trasciende las calles y llega a las instituciones. El periodista Enrique Alcívar, conocido por sus intervenciones incisivas en ruedas de prensa gubernamentales, fue restringido de ingresar al Palacio de Carondelet para cubrir el conversatorio semanal de la vocera presidencial Carolina Jaramillo. Alcívar, quien ha cuestionado repetidamente al Ejecutivo sobre temas sensibles, denunció en redes sociales que un militar lo intimidó en los exteriores, prohibiéndole grabar un video del incidente. 

"Ahora sí denuncio que fui impedido de ingresar al Palacio de Gobierno", escribió, adjuntando footage que muestra el forcejeo; ante lo cual el periodista Fabricio Vela reaccionó: "Conflicto absolutamente innecesario e inexplicable. Condeno públicamente la censura dirigida a Enrique Alcívar. ¡Solidaridad!"

Ya en la convocatoria de la funcionaria afirmó que el Bloque de Seguridad actúa dentro de sus competencias durante el paro nacional y que la prensa no está exenta de controles ni revisiones. La declaración surge tras denuncias de presuntas agresiones a periodistas que cubren las movilizaciones en varias provincias del país; además, sobre la marcha del domingo indicó que "el número de personas que se manifestaron ayer fue un número marginal frente al total de ciudadanos que habitamos esta ciudad".

Este suceso, ocurrido en el día 29 del paro, ha sido calificado por gremios como un "obstáculo directo a la libertad de prensa" y un eco de las exclusiones vividas en las protestas. 

Amnistía Internacional y otras 50 organizaciones regionales han condenado el "uso excesivo de la fuerza" y la persecución a líderes sociales y comunicadores, advirtiendo un "deterioro en la protección de derechos humanos".

Mientras el Gobierno ofrece compensaciones económicas –como 300 millones de dólares en maquinaria agrícola y bonos– y renueva estados de excepción en 10 provincias, el diálogo con la Conaie permanece estancado. 

Noboa ha calificado las protestas como "actos terroristas disfrazados", pero la realidad en las calles y otros escenarios, incluidos los de las redes sociales, habla de un país dividido, donde informar se ha vuelto un riesgo calculado.

En este contexto, el acuerdo de julio –que obliga a la Policía a proteger a la prensa incluso en escenas de uso de fuerza– resuena como una promesa incumplida. ¿Cuántas voces más deberán silenciarse antes de que Ecuador recupere el pulso de una democracia donde hacer periodismo no sea un delito? Las protestas continúan, y con ellas, la lucha de muchos periodistas fieles a su oficio por narrarlas sin miedo y a pesar de las limitaciones de un entorno adverso.

Fuentes: ecuavisa.com, prensa-latina.cu, france24.com, tvc.com.ec, rsf.org, oas.org eluniverso.com, resumenlatinoamericano.org, expreso.ec, @losdelmedioec, amnesty.org lupa.com.ec, @LaPosta.

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Datos sobre el autor:

Cuenta X: @Zavala_Ra
Blog de Comentarios cortos: https://raulzavala.wordpress.com/
Blog de generalidades: https://lodijeron.wordpress.com/

Canal de vídeos: https://www.youtube.com/@RaulZavala 


1 de agosto de 2024

A la cárcel por conducir a más de 60 Km/h

Puedes infringir las leyes de tránsito, pero jamás las de la física. NN

Muchos choferes hemos reaccionado ante la decisión de la Municipalidad de Quito para sancionar como delito a quien conduzca a más de 60 Km/h. Las criticas y comentarios los hemos orientado hacia razones recaudatorias, corrupción, despropósito y hasta de inconstitucionalidad.

Un denominador común en las críticas ciudadanas es la probable desproporcionalidad de la sanción de cárcel por considerarse un delito penal. Entonces me pregunté: ¿Por qué 60 Km/h? ¿Cuál es la razón para que sea considerado un delito? ¿Por que recién nos enteramos ahora? Así que voy paso hasta llegar a responderme públicamente.

La noticia. Una de las estrategias para reducir el exceso de velocidad en Quito es la sanción de hasta tres días de cárcel. Esa medida aplica desde el 30 de julio de 2024. En un plan piloto de seis meses, la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) identificó que más de 3.000 vehículos que sobrepasaron los límites establecidos en la zona urbana. (lahora.com.ec)

Antecedente. Hace algunos años en un artículo aseguré que en Ecuador cada siniestro vial tiene un costo aproximado de 37.000 dólares, sin contar las pérdidas de los afectados colaterales; en él o explico cómo se llega a esa cifra e incluye una matriz de cálculo. Lo puede leer completo AQUÍ.

También he subido en otro de mis blogs aspectos relacionados con los siniestros viales, en uno de ellos de marzo del 2028 expuse los problemas que en esa época estaba mirando: a) los estudios sobre la siniestralidad parecen ser solamente numéricos; b) se lo percibe como una situación vial y no de salud mental; c) indisciplina en la movilidad urbana y rural de vehículos y transeúntes; d) incapacidad institucional; y, e) violencia e irresponsabilidad social. Lo pueden leer completo AQUÍ.

Contexto. Las sanciones por exceder los límites de velocidad están estipuladas en el Código Orgánico Integral Penal (COIP):

Art. 386-3: pena privativa de libertad de tres días, multa de un salario básico unificado y reducción de diez puntos en la licencia de conducir para quienes excedan los límites de velocidad fuera del rango moderado.

Art. 389-6: multa equivalente al 30 % de un salario básico unificado para quienes excedan los límites de velocidad dentro del rango moderado.

 Perspectivas en X

Raúl Zavala @Zavala_Ra: Leo las sanciones penales por manejar un vehículo a motor sobre los 61 Km/h. ¿Por que no lo supimos antes? Habrá que esperar un reforma legislativa y mientras tanto los choferes tendremos que autocontrolarnos. (post)

Más allá de los cuentos @NoNegligencia: ¿Cuál es el problema? Cualquier puede cuidarse para no sobrepasar el límite de velocidad. (post)

Juan M. Miller @Alfachackra: Cumplan los 60km/h y reclamen por el resto... Pero no jueguen al empate... No pidan cometer un delito porque otro lo comete... (post)

Telmo Molina @TelmoMolina: Los que se quejan de tres días de cárcel por exceder los 60km en el entorno urbano, son aquellos que ven un peatón en un paso cebra y aceleran  para que no cruce. (post)

Aurelio Dávila @DavilaAurelio: Hoy circulé por la Av. Shyris entre Río Coca y Naciones Unidas, cumpliendo la normativa vigente manejé a 50 km/h. En esos dos kilómetros, CUATRO BUSES me rebasaron, es decir, ellos infringieron la ley. Ningún radar. Creo que el transporte público debe ser el primero en controlar los límites de velocidad. (post)

Carolina Moreno M. @LaCarol_M: Quiero ver presos a los choferes de buses también. (post)

Lorena Grillo @LawLoreG: En Quito si tienes 5 calles en las que puedes ir a más de 60km/h y no destrozar el auto en los cráteres, atropellar un vendedor ambulante, tirar al piso a las motos que te rebasan por la izquierda y la derecha al mismo tiempo, mientras evitas chocar contra los buses que hacen carreras, es mucho. Esta es una medida evidentemente recaudatoria sin fines preventivos alcalde @pabelml… haga esos controles en las autopistas y hasta estaremos de acuerdo. (post)

Réplica. Periodismo en buseta @relicheandres: ...las sanciones no son un invento. Están en la ley de tránsito y transporte terrestre y en el COIP. Lo que pasa es que hemos hecho de la excepción la regla. Las cifras de siniestralidad son terribles. Otra cosa es cruzarse de brazos y mirar cómo se sigue matando la gente.

Este post fue en respuesta a una reclamo de Daniel Salcan @Danielsalcan_ y acompañado del siguiente gráfico:

Para el análisis de este cuadro habría que incluir otros datos y relatos, de tal manera de entender el escenario completo, lo que ocuparía más espacio y también me desviaría del objetivo de esta entrada; consecuentemente, se convierte en una tarea pendiente.

Primera respuesta. La sanción de prisión por exceso de velocidad data desde el 2014, pero por lo visto y me incluyo, nunca nos percatamos de su existencia; por tanto, es nuestra negligencia el no conocerlo y omisión de los funcionarios el no hacerla cumplir. 

Lo establecido el COIP sobre este caso se encuentra ligado a la "Ley orgánica de transporte terrestre tránsito y seguridad vial" así como en su respectivo reglamento, específicamente en el Art. 190 que literalmente dispone: Las Unidades Administrativas y los GADs, en sus correspondientes jurisdicciones territoriales, determinarán los límites máximos de velocidad en las diferentes vías del país, pero de manera general se sujetarán a los límites establecidos en el presente capítulo. (Revise el reglamento completo AQUÍ)

Entonces Ortiz Lemos @Aortizlemos expone una anomalía: Señores abogados. Si es verdad que la ordenanza para multas y cárcel a conductores , solo aplica a vehículos livianos ¿Pueden hacer una acción de protección por causa del trato discriminatorio ? Yo pensé que era para todos. (post)

Analizar este escenario resulta altamente complejo, por tanto lo convierto en otra tarea pendiente.

Segunda respuesta. Ante esta situación el abogado André Benavides hizo una propuesta: 

Demandemos la inconstitucionalidad de la privación de libertad de 3 días por exceder el límite de velocidad. 
La pena no es proporcional a la infracción. Contraviene los artículos 11 numerales 4 y 8, 76 numeral 5 y 84 de la Constitución. 
Existe una intervención legislativa en el derecho de libertad de tránsito que puede invadir su núcleo esencial al punto de desnaturalizarlo. 
La sanción debería ser administrativa, pecuniaria o trabajo comunitario. (post)

A lo cual argumenté: Gracias por despertar mi duda. Estuve buscando orientación sobre ¿Por qué es un delito conducir a exceso de lo velocidad? Aunque no encuentro una explicación concreta, si descubrí esta expresión: "delito de peligro abstracto". 

El tema lo encontré en uriapenal.es, página del "Despacho de abogados especializado en derecho penal y penitenciario perteneciente al Colegio de Abogados de Madrid.", en una entrada en la que asegura: La imprudencia al volante tiene consecuencias que llegan incluso a la privación de libertad en los casos más graves; además define:

El delito por exceder el límite de velocidad se considera un delito de peligro abstracto. Esto significa que, para que exista responsabilidad penal, no es necesario que efectivamente se haya puesto en concreto peligro a otros usuarios de la vía o se haya producido un resultado lesivo.

Basta con que potencialmente la conducta desarrollada sea peligrosa y pueda poner en riesgo bienes jurídicos protegidos, como la vida o la integridad física de las personas. No es preciso que se materialice un riesgo real, sino que es suficiente la mera posibilidad de peligro.

Además, incluye esta circunstancia: En muchas ocasiones el infractor de este delito comete otro muy relacionado como es la conducción temeraria basado en la conducción con temeridad manifiesta. (Leer completó AQUÍ)

En esta búsqueda me saltó otro dato legal (recuerdo a mis lectores que no soy abogado) que me llevó a un escenario no imaginado: La frase “homicidio culposo” o "muerte por negligencia” tiene un significado legal específico, y se refiere a cualquier muerte que se ha producido por medios ilícitos, ya sea causado por un acto intencional, imprudente o negligente de otra persona. (Fuente: abogado.flaxmanlaw.com)

Otra arista importante para ampliar la respuesta es lo que se conoce como "Bien jurídico protegido" y Fausto Rodrigo Carrión lo explica de una manera práctica: El Derecho Penal tiene el propósito del control social por parte del Estado, con el objetivo de mantener la paz. Todo tipo penal protege relaciones sociales de interés para la sociedad como son: la vida, la salud, la seguridad del Estado, la integridad corporal, los derechos patrimoniales, etc. Se entiende como bien jurídico a los bienes materiales e inmateriales que se encuentran dentro del Estado y se hallan amparados por el Derecho. (Fuente: cronica.com.ec)

Esta argumentación empata con lo que plantea Alina Florentina Burlacu "Al reconocer que los seres humanos son falibles e inevitablemente cometerán errores, el enfoque mencionado promueve un sistema de movilidad vial holístico, que tiene muchas redundancias incorporadas y que perdona los errores del conductor y reduce en gran medida el riesgo de lesiones graves o de muerte." (Fuente blogs.worldbank.org/es/voices)

A lo dicho se acompaña con un gráfico de lo que son los Principios del enfoque de “los sistemas de seguridad” que se aplica a la seguridad vial:

Fuente: Alina Florentina Burlacu (Cit. Op)

Entonces regreso a reglamento a la Ley de Tránsito (nota al margen), en que se establece la necesidad de la presencia de un fiscal para que realice las investigaciones en el caso si existiese una o más víctimas producto de un siniestro vial.  

Finalizo este acápite. No comparto la la comparativa que muchas personas hacen de la prisión por manejar a exceso de velocidad con los crímenes que a diario están ocurriendo, aunque en la práctica de lo que pasa en las calles 

Tercera respuesta

Entenderlas razones de los 60 Km/h implica conocer los principios dela física así como la técnica en la construcción de vías. Como referencia de esta sección es la frase que abre esta entrada. Y antes de entrar en los detalles es necesario conocer dos temas en estos asuntos del problema que es el exceso de velocidad.

1. Ecuador cuanta con el Servicio de Accidentología Vial. Su objetivo general es: proporcionar a la administración de justicia informes técnicos y científicos acerca de las causas que generan el Accidente de Tránsito y el grado de participación de cada uno de los involucrados, para contribuir a la administración cabal de la justicia, por medio del empleo de métodos técnicos y científicos, así como de tecnologías aplicadas. (Fuente: cienciasforenses.gob.ec)

2. Accidentología y seguridad vial: se denomina Accidentología Vial a la disciplina que estudia las causas y efectos de los accidentes de tránsito terrestre, realiza su investigación forense y propone las medidas adecuadas para atenuarlos. Se consideran tres factores inseparables: El medio ambiente, la máquina y el hombre. (Fuente: criminalistica.mx)

Ahora bien, punto de partida: ¿Cómo calculan los departamentos de tráfico la velocidad máxima de una vía? ... Todo depende de si la vía es nueva o ya existente. Si la carretera es nueva, la velocidad a la que se podrá circular por ella se llama velocidad de proyecto, y su cálculo es una cuestión técnica basada en características puras y duras de geometría. Sin embargo, hay muchos otros factores implicados." (Fuente: es.gizmodo.com)

Otra razón técnica. "Un vehículo que se desplace a 70 Km/hora puede recorrer 20 metros en la reacción y 60 metros más para detenerse completamente en asfalto seco, así que la distancia de seguridad debería ser de 80 metros." (Fuente: culturavial.net)

La importancia de la “distancia de seguridad” está asociada directamente con la acción de frenado de un vehículo en caso de una emergencia.

Es necesario tener en cuenta que el tiempo de reacción es el lapso que transcurre mientras el conductor se percata de un peligro y reacciona, este tiempo depende del estado psicofísico del conductor (cansancio, fatiga, consumo de alcohol), y de su experiencia en la conducción (Un conductor con experiencia, tarda alrededor de 1 segundo en tomar una decisión).

En este gráfico, publicado en un informe de la Organización Mundial de la Salud (OMS), muestra las opciones de supervivencia de un peatón ante la probabilidad de que sea atropellado:

Informe de la OMS - Paquete de medidas técnicas de seguridad vial

Estos números no son obtenidos al azar ni por percepción, son producto de los cálculos de Física, específicamente por "Las leyes del movimiento de Newton" con tres aspectos básicos: la ley de la inercia, la relación entre fuerza y aceleración así como la ley de acción y reacción.

La aplicación de estas leyes de la Física a los temas de seguridad vial son indispensables y al mismo tiempo altamente complejos; sin embargo, Pablo Ortiz-Monasterio las sintetiza de la siguiente manera luego de preguntarse ¿Cómo calcular las fuerzas involucradas en un choque?:

  • Calcular las fuerzas en un choque es tan simple como multiplicar la masa del objeto que se estrella por su desaceleración.
  • Los objetos involucrados en choques generalmente se desaceleran, la forma numéricamente negativa de aceleración, hasta detenerse.
  • La aceleración es el cambio de velocidad de un objeto en relación con el tiempo y la distancia.

Estos tres aspectos los desarrolla con explicaciones en que involucra a vehículos a través de la práctica en pruebas de choque. Lo pude leer completamente AQUÍ como una entrada de as3.mx.

Pero también aclara la importancia de la velocidad cuando se produce un impacto vehicular:

Reacción municipal

Con un dato público de Andrea Flores Andino @andreflores_a: En los operativos preventivos que la AMT realizó para socializar los controles con anterioridad se registraron 181 vehículos que superaron los límites, con velocidades de hasta 117km/h donde el límite es 50. Ayer los infractores fueron solo 7. (post)

Y la noche del 31 de julio de 2024, luego que fue implementada la medida de control y sanción, Pabel Muñoz, alcalde de Quito, difunde un vídeo con el que informa sobre las decisiones tomadas, pero además asegurando que las sanciones las impone un juez; también trata de desvirtuar el hecho que sea una medida recaudatoria, pero también acepta que afronta problemas de corrupción institucional y las acciones que se tomarían para contrarrestarla.

Otros aspecto que el señala el funcionario es el cronograma de los operativos para fortalecer y darle sustentabilidad a la medida, en la que están incluidos los choferes de transporte público y de carga; sin embargo, también concuerda que la medida punitiva de cárcel es desproporcionada. Clic en la imagen para ver el vídeo completo en Youtube.

Mi criterio. Ante la critica ciudadana, especialmente de Quito, la reforma a esta sanción implica un esfuerzo adicional de las funciones Legislativa y Ejecutiva, sobre todo considerando los altos costos en vidas, lesiones, bienes y dinero que implican los siniestros viales. 

De su parte el penalista Felipe Rodríguez a través de su cuenta @FRM87 en X acepta, en este caso, que iría a la cárcel si infringe la ley, pero pone una condición:

Yo estoy dispuesto a irme preso 3 días por ir 60km/h. Lo acepto y lo acojo. Es más, espósenme de una vez. Pero con una condición: 

Que los mismos agentes que me apresen, sancionen y procedan contra las decenas de autos sin placas de los asaltantes, los vehículos con vidrios polarizados de los secuestradores, y contra todos los motociclistas con acompañante armados.

Si me van a tratar como delincuente, al menos les pido que también traten como delincuentes a los sicarios, como para disimular la cojudez y darnos un baño de coherencia en este país donde más preocupa la velocidad de los autos que de las balas. (Fin del post)

Mi respuesta. Implícitamente el profesional asegura que también está dispuesto a infringir la ley y se enmarca en la justificación de "primero a ellos y luego a mi" como uno de los principios que ahora rigen en la paradójica cultura popular de que todo cambie para que yo cambie. Lo que no significa que se abandone la idea de implementar acciones contundentes contra los choferes que manejan buses de todo tipo así los vehículos de carga; los hechos registrados datan la irresponsabilidad y negligencia de estos profesionales, sin dejar de lado la capacidad de negociación e imposición que tiene el gremio para obtener "escudos legales" contra el accionar de la ley y la seguridad vial.

Algunas conclusiones

En todo este entorno de violencia social, la inseguridad vial es una de las que poca atención se la ha prestado y quizás sea por la dispersión en los procesos de generación de políticas públicas, pero también por la indisciplina de los ciudadanos, muchas veces originada por la ignorancia o por la prepotencia al conducir.

De otro lado existe un absurdo: tener licencia certifica que saber manejar vehículos. Con o sin este documento, obtenido de manera legal o ilegal, los choferes de todo tipo convertimos a nuestros vehículos en armas que dañan, lesionan y asesinan. 

Ahora bien, la indisciplina de la que hablo también está incrustada en el quienes ejercen funciones publicas y me he mantenido que si queremos vivir un poco mejor en el Ecuador, es necesario que estas personas sean un ejemplo a seguir. No he conocido casos de controles internos a los choferes del sector público en todas las funciones del Estado ni en los gobiernos locales. 

Ejemplo de esto saltó recientemente por el caso Purga cuando se conoció que la procesada Mayra Salazar y un asesor de la ATM (Guayaquil) fijaron acuerdos para que los jueces no reciban multas de tránsito. (Leer la nota AQUÍ)

Cada tragedia vial impacta gravemente a las víctimas y sus familias, también a los perjudicados colaterales: los otros propietarios de los vehículos dañados y a cientos de personas que debieron alterar sus tiempos ante el cierre de la vía. No se registran los ni los daños ni las víctimas colaterales. 

Nunca nadie cuantifica los siniestros.

Enlaces relacionados en otro de mis blogs

¿Y las victimas de los siniestros viales? AQUÍ

Al carajo ese «pacto por la seguridad vial» AQUÍ

La masacre vial en Ecuador es un problema de salud pública AQUÍ

Es un misterio el auto sin placa posterior (clic en la foto para leer una infracción de un vehículo oficial)


Datos sobre el autor de la nota:
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8 de mayo de 2021

Los desastres del desastre - crónica del post terremoto

Publicado originalmente en La Verdad, edición abril del 2021 No. 393

Para unos fue segundos y para otros una eternidad. Cientos y miles de páginas podrían escribirse sobre lo que ocurrió desde 16 de abril de 2016 a las 18H58 hasta este primer trimestre del 2021, con historias de tragedias, inoperancias, destrucción, sobrevivientes, heroísmo, sacrificio, mentiras y propaganda.


El impacto del terremoto en Ecuador fue devastador y no únicamente por las casi 7.000 víctimas registradas por el Gobierno o los 80.000 desplazados, tampoco por los 676.5 millones de dólares en pérdidas materiales en el sector productivo que bien pudieron alcanzar los 1.032 millones, además del colapso de las infraestructuras públicas.

El desastre merece ser escrito desde la falta de preparación a pesar que estuvo previsto, las falencias gubernamentales para reaccionar y los misterios que existen alrededor del Comité de Reconstrucción y Reactivación Productiva, creado como instancia tanto articuladora de los esfuerzos como de los recursos disponibles para “regresar a la normalidad”.

Pero si de instituciones se trata, uno de los capítulos que aún no están relatados es el de la evaluación del trabajo de prevención, mitigación, reparación, alerta y respuesta del Servicio Nacional de Gestión de Riesgos y Emergencias. Se encontraba como titular de ese organismo el vicealmirante (SP) Luis Jaramillo Arias.

El caótico escenario post 16-A no pudo ser solventado por la descoordinación institucional, a tal punto que 10 días después de los sismos, el entonces Presidente de la República Rafael Correa se vio en necesidad de crear un mando unificado y encargó al Ministerio de Defensa la gestión de la crisis, movilizó a la totalidad de las Fuerzas Armadas a las zonas afectadas para hacerse cargo de la seguridad, para continuar con los trabajos de rescate y poner orden en los albergues.

Recordemos nombres: ministro de Defensa Nacional Ricardo Patiño, ministro Coordinador de Seguridad César Navas y secretario de Gestión de Riesgos Luis Jaramillo.

Y otro dato fundamental: en cada área del desastre se designó a un coordinador: el vicepresidente Jorge Glas en Manta, el secretario del Agua Carlos Bernal en Portoviejo, el ministro del Interior José Serrano en Pedernales y la secretaria de la Gestión de la Política Paola Pabón en Jama y Canoa.

Puedo asegurar que el desastre empezaba a fraguarse en medio del dolor, la incertidumbre y el desconcierto institucional y más cuando Luis Jaramillo anunció la noche del lunes 2 de mayo de 2016 que renunciaba a su cargo, en momentos en que las noticias daban cuenta que la remoción de escombros podría estar originando más muertos.

¿Quién es Carlos Bernal?

En su reemplazo se designa a Susana Dueñas de la Torre, quien hasta el momento fungía como Gobernadora de Manabí y del análisis de su hoja de vida a esa época, se desprende que no tenía experiencia de ningún tipo en Gestión de Riesgos y peor manejo de crisis en desastres.

Nunca hubo un informe oficial sobre la violación los protocolos internacionales para casos de terremoto a pesar de los testimonios de los “Cascos Blancos” y los “topos” mexicanos. Tampoco se han hecho públicos los antecedentes sobre las extrañas situaciones en que muchos funcionarios actuaron más como promotores propagandísticos del Gobierno que como gestionadores de la ayuda humanitaria.

Y más capítulos no escritos podrían ser parte de un mega expediente sobre lo ocurrido en cada operación de rescate, de evacuación, de abastecimiento, de los saqueos, de las víctimas que murieron semanas después y de las personas mutiladas.

Pues bien, pasado el tiempo había que planificar la recuperación del golpe y se creyó que las palabras “reconstrucción” y “reactivación” eran las palabras más adecuadas, pero el tiempo demostró que fue otra equivocación. En todo caso, aparece en escena otra instancia gubernamental: la Secretaria Nacional de Planificación y Desarrollo – Senplades. 

El capítulo lo protagoniza Sandra Naranjo, cuando el 1 de junio del 2016 asegura que se requerirán USD 3.344 millones de dólares para reconstruir las zonas afectadas por el terremoto y de este total, 2.253 millones serían asumidos por el sector público y 1.091 millones por el privado; además, que se habían perdido 21.823 puestos de trabajo. 

Según la información oficial este proceso de evaluación estuvo a cargo de especialistas de Senplades, el Instituto Nacional de Estadística y Censos y los equipos técnicos de los distintos ministerios; no hay nombres de quienes conformaron ese equipo de trabajo. También se asegura que una misión multidisciplinaria de más de 45 expertos del sistema de la Organización de Naciones Unidas liderados por el equipo técnico de CEPAL, acompañó este proceso. ¿Dónde estarán esas memorias de las reuniones?

En todo caso, el asunto del financiamiento para la reconstrucción y reactivación productiva, lo que se podría decir que se abrió otra puerta para un entramado de misterios en la gestión pública en todos los niveles de gobierno para el uso de 2.253 millones de dólares: 1.000 millones por la Ley de Solidaridad y 660 millones por líneas del Banco Mundial, del Banco Interamericano de Desarrollo y de la CAF; además, del Fondo Monetario Internacional se obtendrían otros 400 millones y del Presupuesto General del Estado unos 193 millones. 

A la par del trabajo de cientos de voluntarios, de militares, policías y bomberos, para reestablecer el orden, la propaganda gubernamental empezaba a gestar una campaña informativa para intentar demostrar que “ya todo estaba bajo control”. Otro caso de estudio especial en la comunicación social.

Entonces, llegó la hora de empezar a recaudar dinero. 12 de mayo de 2016: la Función Legislativa aprobó la Ley de Solidaridad y Corresponsabilidad Ciudadana para obtener liquidez, contemplaba un alza temporal de impuestos, la venta de activos productivos gubernamentales que incluía una central hidroeléctrica, un banco y medios de comunicación, un día de sueldo de los funcionarios, fijaba un impuesto al patrimonio personal que supere un millón de dólares y otro de un 3 por ciento a la utilidad de las empresas por única vez. 

Estaba como presidenta de la Asamblea Nacional Gabriela Rivadeneira y los registros datan que existía una mayoría gobiernista en que finalmente impuso el proyecto presidencial a pesar de las objeciones de asambleístas que expusieron sus desacuerdos por la falta de análisis de impactos financieros. Otra larga historia sin evaluar, aún.

Siguiente actor en escena: Leonardo Orlando. EL Servicio de Rentas Internas fue el encargado de recaudar los tributos establecidos en la ley y el mencionado funcionario tenía el cargo de Director General del SRI.

Un año después se informa se habían recaudado más 1.555 millones de dólares, logró que implicó un gran despliegue de funcionarios por todo el territorio nacional y un sistema de control al detalle que también permitió obtener 11 millones extras por multas. Estas y otras contribuciones habrían alcanzado los 3.000 millones de dólares. Un valor que merece otro extenso capítulo explicativo.

Portoviejo: calle Pedro Gual y García Moreno.

Lo cierto es que los recursos recaudados por la Ley Solidaria no se incluyeron en la auditoría que realizó la Contraloría, sobre las acciones realizadas durante los tres meses que duró la etapa de emergencia del terremoto y examinó el uso de 45,59 millones de dólares que transfirió el Ministerio de Finanzas a otras seis carteras de Estado, entre el 16 de abril y el 21 de julio del 2016. Amables lectores, esta es otra novela de misterio.

Voy a dar un salto hacia el organismo que lo considero más oscuro que contribuyó al desastre. Con Decreto Ejecutivo 1.004 del 26 de abril del 2016, emitido por el Presidente Rafael Correa, se dispuso la creación del Comité de Reconstrucción y Reactivación Productiva del Empleo en las zonas azotadas por el terremoto, con él apareció la Secretaria de este comité y el primer funcionario que estuvo a cargo fue: Carlos Bernal; como presidente fue nombrado el vicepresidente de esa época Jorge Glas.

En esta narrativa post terremoto y origen del desastre, bien podría tenerse un acápite especial para detallar le perfil de ese funcionario tanto desde el ejercicio de su cargo como del inmenso poder político que adquirió durante su trabajo, quien además, durante el proceso electoral del 2017 cumplió, al mismo tiempo, las funciones de Gerente de la campaña electoral de Alianza PAIS, distrito sur de Manabí.

Lo cierto es que la tarde del viernes 12 de enero de 2018, el rumor circuló con velocidad pero solo eso, pasadas las 19h30 se hizo oficial: Carlos Bernal Alvarado ya no era el Secretario del comité de la reconstrucción. ¿Por qué renunció? No se conoce con certeza, pero se cree que fue por una disputa con el Ministro de Finanzas, también existe la presunción que habría estado motivado por las investigaciones de la Fiscalía a sus cuentas bancarias y de su esposa, en las que se habrían detectado valores no justificados.

La sorpresa también pudo ser para los 11 asambleístas de Manabí, dos nacionales y nueve provinciales, uno de ellos Daniel Mendoza, que durante la campaña juraron ante “su” pueblo que fiscalizarían las gestiones y recursos de la reconstrucción; de lo que se sabe y difundió apenas llegaron a la instancia de pedir información. 

Llegó y se fue Vicente Véliz, rector de la Universidad Técnica de Manabí. Apareció y se hizo cargo de la presidencia de esa Secretaría María Alejandra Vicuña en su calidad de Vicepresidenta de la República y en una de sus declaraciones aseguró: “Se cometieron barbaridades en los contratos de la reconstrucción” y de allí nada más. Públicamente nunca se conocieron las acciones para transparentar “esas barbaridades”.

Se presume que María Alejandra Vicuña se llevó muchos secretos del uso de los recursos financieros destinados solventar las secuelas del terremoto y abono a la profundización del desastre.

También fue parte de esa escena el responsable de dar seguimiento al pedido de auditorías a la Contraloría: el secretario José Herrera, quien además en esa época fue Director Provincial de Alianza PAIS de Manabí; el viernes 29 de marzo de 2019 pasadas las 18h00 se conoció sorpresiva y oficialmente que el funcionario había renunciado a su cargo. Se desconoce si hubo o no un informe final de su gestión y los trabajos pendientes.

El turno es para José Agusto Briones y Guillermo Sierra Béjar, en un debut y despedida. Se dio paso para que la excandidata a la alcaldía de Chone por Alianza PAIS Elizabeth Molina Álvarez ocupase el puesto de Presidenta del Comité y con ella a Marilin Veintimilla Chávez como Secretaria Técnica.

El sábado 9 de mayo de 2020 se deroga el Decreto Ejecutivo 1004, con la que se creó el Comité y la Secretaría Técnica para la Reconstrucción y Reactivación Productiva, y se le retiran las funciones de presidenta del Comité a Elizabeth Molina. Tampoco existe una evaluación de su gestión para transparentar el uso de los recursos. 

La otra novedad es que hasta ahora se desconoce el lugar en que se encuentran los archivos de esta instancia, los informes, las actas, de la fiscalización, de los gastos administrativos y otros tantos documentos que son parte de la historia de Manabí y el Ecuador. Personalmente solicité a Elizabeth Molina que me mostrase los archivos y me supo decir que eran documentos reservados. 

Para redondear este listado de nombres que aportaron al desastre y que bien podrían quedar para otro extenso capítulo: Mariano Zambrano y Agustín Casanova, como miembros del Comité.

Pero conozco a una persona que tiene claro el panorama del desastre de la reconstrucción: Francisco Bravo, quien también merece un capítulo para aclarar algunos de los acontecimientos por la gran cantidad de datos que ha logrado recabar.

Quisiera poner punto final a este corto relato, pero no es lo adecuado; existen misterios, tramas, secretos, investigaciones y auditorias en curso, reclamos ciudadanos, hasta confabulaciones políticas que ahondaron este desastre de la reconstrucción. 

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